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La Audiencia Nacional revoca la resolución del TAD y la sentencia de la justicia ordinaria

RFETM
Jueves 1 de abril de 2021 - 13:56

La Audiencia Nacional notificó en la tarde de ayer a la RFETM la sentencia dictada en el recurso interpuesto en su día por 6 deportistas contra la resolución dictada por el Tribunal Administrativo del Deporte y luego ratificada en la justicia ordinaria por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo de Madrid, que les impuso un año de sanción (suspensión de la licencia federativa) por la comisión de tres infracciones graves tipificadas en el código disciplinario federativo. La sentencia de la Audiencia Nacional estima el recurso de los deportistas, revocando en consecuencia las dictadas por el TAD y la justicia ordinaria, y dejando, por tanto, sin efecto las sanciones impuestas en su día.

La RFETM no se pronunciará sobre el contenido y el fallo de la Audiencia Nacional hasta que los servicios jurídicos estudien y valoren la sentencia, tras de lo cual se reunirá a la Comisión Gestora para adoptar la decisión o decisiones que se estimen oportunas, todo ello sin perjuicio de lo que la Abogacía del Estado determine por su parte en cuanto a recurrirla.

Finalmente, es conveniente informar y aclarar que la sentencia de la Audiencia Nacional condena en costas a la Administración demandada, esto es, al Ministerio de Cultura y Deporte, y únicamente por las costas causadas en la primera instancia, según se expresa en el fallo, sin que se hayan impuesto otras ni a la Administración demandada, ni a la RFETM, en este caso, en ninguna instancia.

Sentencia en Apelación recurso 12/2019

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